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Planes EPS

Las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) son empresas que ofrecen planes integrales complementarios a ESSALUD para los trabajadores de una empresa y sus derecho-habientes legales.

Las EPS fueron creadas en el año 1997, a través de la Ley de Modernización de la Seguridad Social N° 26790.

Actualmente las EPS del mercado ofrecen 3 tipos de planes, los cuales se diferencian por la suma asegurada, acceso a red de clínicas y beneficios adicionales. Y por consiguiente mientras más alcance tenga la prima o precio es mayor.

  • Plan de Salud Base
  • Plan de Salud adicional 1
  • Plan de Salud adicional 2

¿Cómo funciona un plan de EPS?

Al optar por un plan de EPS ocurrirá lo siguiente:

Del 9% del sueldo del trabajador (aporte obligatorio de la empresa a Essalud).
El 2.25% (capa simple subvenciona el plan EPS)
Acceso a clínicas y centros médicos privados a nivel nacional.
El 6.75% restante (capa compleja, se sigue aportando a ESSALUD.)
Acceso a clínicas y centros médicos privados a nivel nacional.

¡Importante! Para que funcione el esquema detallado es necesario que el trabajador se encuentre en planillas y que la empresa aporte a ESSALUD.

Si tienes alguna duda sobre las modalidades, coberturas, deducibles y beneficios contáctanos que te asesoraremos de forma gratuita para conseguir el seguro que se adapte mejor a tus necesidades

¡Solicítalo Ahora!
  • Si tienes alguna dolencia en tu día a día, atención ambulatoria.
  • Si necesitas tomar reposo, atención hospitalaria.
  • Cuando se presenta una emergencia, cobertura por emergencia.
  • Programa de maternidad.
  • Cobertura Oncológica, oftalmología y odontología.
  • Chequeo preventivo anual al 100%.

*No hay un costo adicional para ti como empleador (salvo que de mutuo acuerdo quieras asumir parte o la totalidad del plan, de lo contrario el colaborador asume el resto del costo del plan de salud EPS). El asegurado en el plan EPS no pierde la cobertura de Capa Compleja en ESSALUD.

  • Enfermedades preexistentes.
  • Medicamentos experimentales
  • Procedimientos estéticos
  • Adicción y consumo de drogas, alcohol y otros.
  • Tratamientos de fertilización.
  • Diagnósticos positivos y tratamientos de cáncer previos a la inscripción al seguro.

¿Quiénes pueden afiliarse a una EPS?

Se pueden afiliar trabajadores en planilla, conyugue o conviviente, hijos hasta los 18 años y otros dependientes (hijos mayores de 18 años hasta los 25 años por lo general).

¿Qué es capa Simple?

Es el conjunto de intervenciones de salud de mayor frecuencia y menor complejidad. Pueden ser prestadas por ESSALUD o por las Entidades Empleadoras a través de servicios propios o de planes contratados con una EPS.

¿Qué es capa compleja?

Es el conjunto de intervenciones de salud de menor frecuencia y mayor complejidad (no están consideradas en la capa simple).

¿Qué es el PEAS?

Es el PLAN ESENCIAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD que viene a ser una lista priorizada de condiciones asegurables e intervenciones que como mínimo son financiadas a todos los asegurados por las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), sean públicas, privadas o mixtas, y por consiguiente deben ser atendidas por tu plan de EPS.

¿Qué es una preexistencia?

Es cualquier condición de alteración del estado de salud diagnosticada por un profesional médico colegiado, registrada en la Historia Clínica del asegurado y no resuelta en el momento previo a llenar y suscribir la Declaración de Salud o, en su defecto, al de la suscripción de la póliza.

¿Existe un límite de edad para afiliarse?

No, no existe límite de edad para la afiliación de trabajadores mientras mantengan vínculo laboral con su entidad empleadora.

¿Qué es el copago?

Es el porcentaje del gasto que el ASEGURADO debe pagar directamente cada vez que asiste a una atención ambulatoria u hospitalaria. Los conceptos en los cuales se aplican Copagos se especifican en el Plan de Beneficios. Una misma atención puede estar afecta a Deducibles y Copagos

¿Qué es deducible?

Monto fijo que el ASEGURADO debe pagar directamente cada vez que asiste a una atención ambulatoria u hospitalaria. Los conceptos en los cuales se aplican Deducibles se especifican en el Plan de Beneficios. Una misma atención puede estar afecta a Copagos y Deducibles.

¿Al contratar una EPS pierdo el derecho de atención en ESSALUD?

No. Los trabajadores que se afilien a una EPS, seguirán manteniendo su derecho de atención por Essalud para los diagnósticos de capa compleja (diagnósticos menos frecuentes y de mayor complejidad), que no se encuentren cubiertos por la EPS.

¿Qué es una Declaración Jurada de Salud?

Es un formulario que deberás completar a momento de solicitar tu seguro de salud. En él que registraras si tú, tus dependientes o algún pariente cercano padece o ha padecido de alguna enfermedad. Si existiera alguna condición preexistente no declarada, esta podrá ser motivo de rechazo de la solicitud, modificación y/o cancelación de la póliza.

¿Tengo que afiliar a mis dependientes si contrato una EPS?

Así es, si el titular de Essalud tiene una EPS vigente, sus dependientes también tienen que ser afiliados a su Plan, de lo contrario no podrá tener atenciones de capa simple en Essalud.

¿Tengo que pagar para ser atendido?

Las prestaciones de salud están sujetas a copagos y deducible, por lo que debes pagar una parte de la suma total. Los montos de dichos pagos se encuentran indicados en el plan de EPS elegido.

¿Qué ocurre si llego al límite máximo de mi plan de Salud EPS?

En caso el diagnóstico exceda la cobertura del plan, la EPS será responsable de coordinar la transferencia del paciente a un Hospital de ESSALUD, para lo cual se deberá comunicar en forma oportuna.

Si quieres conocer la totalidad de las coberturas y exclusiones, consulta el documento de Condiciones Generales de la compañía de seguros elegida.

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